/ viernes 3 de mayo de 2019

Primera copia del acta de nacimiento será sin costo en Tlaxcala

Los documentos certificados que emitan órganos internos de Poder Judicial no tendrán costos.

En la sesión de ayer, diputados locales aprobaron diversas reformas al Código Financiero para el Estado de Tlaxcala con la finalidad de garantizar los derechos humanos de la población y, entre los principales cambios, se contempla que la emisión de la primera copia certificada de acta de nacimiento será sin costo.

Ante el pleno, el diputado de Movimiento Regeneración Nacional, Víctor Manuel Báez López, planteó que toda persona tiene derecho a la identidad y a ser registrado de manera inmediata a su nacimiento” Así, las modificaciones contemplan que tiene que ser el Estado quien garantice el cumplimiento de estos derechos, por lo que “será la autoridad competente la que expedirá gratuitamente la primera copia certificada del acta de registro de nacimiento.

Mientras que los mexicanos por nacimiento que salgan del territorio nacional o ingresen a él, deberán hacerlo sin excepción, ostentándose como nacionales, aun cuando posean o hayan adquirido otra nacionalidad.

Es por ello que los registros de nacimiento de connacionales nacidos en el extranjero tendrán que ser de manera gratuita. Los legisladores también determinaron que los servicios que proporcione el Poder Judicial a través de la secretaría general de acuerdos, la oficialía mayor, tesorería, juzgados de primera instancia, y la contraloría del mismo, no tendrán costos por la expedición de las copias.

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En la sesión de ayer, diputados locales aprobaron diversas reformas al Código Financiero para el Estado de Tlaxcala con la finalidad de garantizar los derechos humanos de la población y, entre los principales cambios, se contempla que la emisión de la primera copia certificada de acta de nacimiento será sin costo.

Ante el pleno, el diputado de Movimiento Regeneración Nacional, Víctor Manuel Báez López, planteó que toda persona tiene derecho a la identidad y a ser registrado de manera inmediata a su nacimiento” Así, las modificaciones contemplan que tiene que ser el Estado quien garantice el cumplimiento de estos derechos, por lo que “será la autoridad competente la que expedirá gratuitamente la primera copia certificada del acta de registro de nacimiento.

Mientras que los mexicanos por nacimiento que salgan del territorio nacional o ingresen a él, deberán hacerlo sin excepción, ostentándose como nacionales, aun cuando posean o hayan adquirido otra nacionalidad.

Es por ello que los registros de nacimiento de connacionales nacidos en el extranjero tendrán que ser de manera gratuita. Los legisladores también determinaron que los servicios que proporcione el Poder Judicial a través de la secretaría general de acuerdos, la oficialía mayor, tesorería, juzgados de primera instancia, y la contraloría del mismo, no tendrán costos por la expedición de las copias.

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