Tal y como a nivel nacional se encuentra la promoción de la conocida “Ley Malena”, es decir, la agresión con ácido a mujeres, en la entidad la diputada Guillermina Loaiza Cortero propuso reconocer este tipo de violencia, tipificarla como tentativa de feminicidio e imponer penas carcelarias a quienes la ejerzan .
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Lo anterior, puntualizó, con reformas y adiciones a la Ley que garantiza el acceso a las mujeres a una vida libre de violencia en el estado y al Código Penal del Estado libre y soberano de Tlaxcala, con lo cual pretende reconocer el daño ocasionado como consecuencia de un ataque con sustancias químicas contra mujeres y que debe tener un tratamiento especial.
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De acuerdo con el dictamen, la violencia química es todo acto que causa daño, que lastime, altere o cause alguna discapacidad mediante el empleo de sustancias químicas en todos sus estados físicos, que pueda provocar o no lesiones internas, externas o ambas.
Asimismo, puntualizó que este tipo de violencia implica una alta carga simbólica, toda vez que la finalidad es causar, de forma deliberada y permanente dolor, sufrimiento y humillación a la mujer, además de daño físico, psicológico y emocional irreparable e irreversible, es decir, dejar una marca permanente en ella.
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En este sentido, planteó la necesidad de diseñar programas especializados para atender a las víctimas de violencia con necesidades de salud mental, en espacios seguros, tales como refugios y albergues que garanticen su seguridad y dignidad, facilitándoles la recuperación de su autonomía.
Asimismo, la legisladora propuso que quien cometa el delito de lesiones en contra de una mujer por una razón de género, cause daño en su integridad física o salud, que le deje huella material, se le impondrá una pena de ocho a 12 años de prisión y multa de 300 a 700 unidades de medida y actualización.
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Aunado a lo anterior, indicó que será considerado tentativa de feminicidio cuando en las lesiones cometidas sea empleada cualquier sustancia química en cualquiera de sus estados físicos, que pueda provocar o no lesiones internas, externas o ambas, a lo cual impondrán de 15 a 30 años de prisión, siempre y cuando cumpla con diversas agravantes.
Finalmente, señaló que las instituciones de salud deberán notificar al Ministerio Público de todos los casos de lesiones provocadas por un agente o sustancia química en todos sus estados físicos y esa instancia debe garantizar la reparación del daño integral, adecuado, eficaz, efectivo y proporcional a la gravedad del mismo.
EL DATO
El Ministerio Público, en coordinación con las autoridades competentes, deberá decretar las medidas de protección necesarias para salvaguardar la integridad física y psíquica de la víctima.