Con el objetivo de que se cuente con servidores públicos plenamente capacitados para desempeñar las funciones que les han sido encomendadas, la senadora Minerva Hernández Ramos propuso establecer la obligatoriedad de la certificación profesional de carrera.
Al presentar dos iniciativas que reforman ocho ordenamientos jurídicos, la legisladora por el Partido Acción Nacional detalló que las modificaciones tienen como objetivo regular el perfil profesional del servidor público que, por responsabilidad, experiencia y funciones debe orientar a un profesionista certificado.
De esta manera, al reformar diversos artículos de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, así como de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la legisladora dijo que pretende que dentro de los modelos de profesionalización de los servidores públicos se les permita adquirir la certificación profesional.
Además, comentó que se facultaría a la Secretaría de la Función Pública a identificar y definir los organismos auxiliares que podrán actuar como entidades certificadoras de las profesiones contempladas en el Servicio Profesional de Carrera, incluyendo aquellos que requieran la formalización de la educación profesional continua.
También planteó que las dependencias puedan celebrar convenios con los organismos auxiliares que actúen como entidades certificadoras de las profesiones contempladas en el Servicio Profesional de Carrera, incluyendo aquellos que requieran la formalización de la educación profesional continua.
La legisladora por Tlaxcala señaló que derivado de las recientes comparecencias de los aspirantes a ocupar un cargo dentro del Consejo Regulador de Energía, en el Instituto Nacional de Acceso a la Información Pública o en la Suprema Corte, se hizo evidente la importancia de los estudios, los conocimientos técnicos y la trayectoria académica para asumir cargos de tan alta responsabilidad.
Por ello, destacó que con su propuesta la Federación obtendrá los siguientes beneficios de elevar la calidad de desempeño y preservar la práctica profesional de quienes se integren al Servicio Profesional de Carrera y coadyuvar en la educación profesional continua del servidor público, a través de los mecanismos adicionales de certificación.
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