Reencausa TET impugnación de acuerdo del ITE

El Instituto Tlaxcalteca de Elecciones le negó el registro como partido político

Jesús Lima | El Sol de Tlaxcala

  · miércoles 10 de mayo de 2023

En abril pasado el Consejo General del ITE declaró no procedente el registro como partido político de la organización ciudadana. Foto: Cortesía | TET

Por ser un juicio de protección de derechos de la ciudadanía al acusar que fueron coartadas sus garantías de libre asociación, el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) reencausó la impugnación presentada por Bonifacio Floriberto Felipe Vargas, representante legal de la organización ciudadana Espacio Democrático de Tlaxcala del acuerdo ITE-CG 28/2023, emitido por el Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) donde le negó el registro como partido político a dicha organización. Por unanimidad de votos, el pleno del Tribunal Electoral determinó esa medida, por lo cual una vez realizado serán integradas las constancias originales del nuevo expediente publicado en el acuerdo plenario, para que sea sustanciado y resuelto de esta manera.

 

 

Cabe mencionar que en abril pasado el Consejo General del ITE declaró no procedente el registro como partido político de la organización ciudadana antes mencionada, la cual es encabezada por Felipe Vargas, además de que le aplicó dos amonestaciones públicas y multas por 168 mil 484 pesos.

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Y es que de acuerdo con el proyecto dado a conocer por la Comisión de Prerrogativas, Partidos Políticos, Administración y Fiscalización del Instituto, las asambleas municipales y estatal constitutiva del grupo ciudadano no cumplieron con los requisitos establecidos en la Ley de partidos políticos.

En su momento, el presidente de dicha comisión, Juan Carlos Minor Márquez, explicó que derivado de la revisión encontraron que 22 de las 49 actas de asambleas municipales en las que cumplieron con esta celebración son inválidas, esto debido a que 18 tienen que ver con el incumplimiento a nombrar a una cantidad que debe ser el 5 % de sus delegadas y delegados conforme a lo que establece el número total de los afiliados. Según la ley de partidos políticos, deben certificar la elección de delegados propietarios y suplentes en la asamblea constitutiva, que representen al menos el 5 % del padrón de afiliados municipal.

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En este caso, en 18 de estas reuniones no lo hicieron y, por ello, son declaradas inválidas; además, en dos casos de asambleas municipales fue incumplida la aprobación de los documentos básicos y, en una más, el que no aprobaron también sus documentos básicos, entre otras inconsistencias.