A través del Bando de Policía y Buen Gobierno, el ayuntamiento de Tlaxcala estableció medidas de restricción para la venta y consumo de bebidas alcohólicas, con el objetivo de establecer un programa de "Consumo Responsable”.
El documento publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, refiere que el ayuntamiento en conjunto con los establecimientos destinados a la venta y consumo de bebidas alcohólicas, tendrán que establecer las líneas de acción que prevengan problemas de salud, sociales o en su caso accidentes.
Te puede interesar: ➡️ Para limitar la ingesta de alcohol, firman Decreto 52 de los 60 alcaldes
Por ello, sostiene que los negocios destinados a la venta y consumo de bebidas alcohólicas que se encuentren en el Centro Histórico, quedan obligados a ofertar a los usuarios un consumo responsable y podrán negar la venta a las personas que se encuentren en evidente estado de ebriedad.
LAS REGULACIONES
Te puede interesar: ➡️ Entra en vigor Decreto que limita consumo de alcohol en Tlaxcala
Para bares, cervecerías, salas de degustación y cervecerías artesanales, de domingo a jueves el horario de venta quedó establecido de 10:00 a 01:00 horas del día siguiente, viernes y sábado en un horario de 10:00 a 2:00 horas del día siguiente.
En tanto, billares, baños públicos y boliches de 11:00 a 23:00 horas; pulquerías de 11:00 a 19:00 horas; depósitos, agencias, distribuidoras, destilerías y boutiques de cerveza artesanal de 10:00 a 23:00 horas.
Te puede interesar: ➡️ Afirman empresarios que adaptarán horarios para venta y consumo de bebidas alcohólicas
En el caso de supermercados, minisúper, tiendas departamentales, tiendas de conveniencia, abarrotes, misceláneas, tendajones, licorerías y vinaterías de 9:00 a 23:00 horas; los restaurantes y restaurantes – bar, cuya actividad preponderante sea la transformación y venta de alimentos, de domingo a jueves en un horario de 11:00 a 01:00 horas del día siguiente, viernes y sábado en un horario de 11:00 a 02:00 horas del día siguiente.
Para fondas, cafés, cenadurías, taquerías, antojerías y similares de domingo a jueves en un horario de 11:00 a 01:00 horas del día siguiente, viernes y sábado en un horario de 11:00 horas a 2:00 horas del día siguiente; centros nocturnos de domingo a jueves en un horario de 21:00 a 1:00 horas del día siguiente, viernes y sábado en un horario de 11:00 horas a 2:00 horas del día siguiente.
Te puede interesar: ➡️ Decreto que limita consumo y venta de bebidas alcohólicas “no se ha tomado con seriedad”, admite Segob
Mientras que en ferias estatales y de los municipios de lunes a domingo en un horario de 11:00 a 02:00 horas del día siguiente; los hoteles y moteles deberán acatar los horarios establecidos para cada uno de los giros de los diversos servicios que presten en sus instalaciones.
Cabe señalar que en los centros nocturnos, discotecas y salones de baile, la venta de bebidas alcohólicas se terminará treinta minutos antes de que concluya el horario fijado para su cierre.
Si los establecimientos que venden bebidas alcohólicas fuera de los horarios previstos, serán acreedores a suspensión provisional y multa de mil quinientas Unidades de Medida y Actualización. En caso de reincidencia serán acreedores a clausura definitiva.
LEE MÁS: ⬇️