/ viernes 19 de enero de 2024

Sanciona TET a autoridades de Ixtenco, Cuapiaxtla y Teolocholco

Atendió 12 medios de impugnación relacionados con autoridades

En sesión extraordinaria, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) atendió 12 medios de impugnación relacionados con autoridades municipales concernientes a denuncias por presunta violencia política en razón de género, obstrucción el ejercicio del cargo y pago de remuneraciones, así como acuerdos emitidos por áreas del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE).

La primera ponencia a cargo del magistrado por Ministerio de Ley, Lino Noé Montiel Sosa, sometió a consideración del Pleno el procedimiento especial sancionador número TET-PES-004/2022, por el que se denunció al alcalde de Ixtenco por violencia política la cual, por unanimidad de votos y toda vez que se tuvo por incumplida de manera parcial la sentencia definitiva dictada en este procedimiento, aunque no se emitieron las medias cautelares solicitadas por la promovente, fue amonestado públicamente.

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En lo correspondiente al expediente del Juicio de la Ciudadanía TET-JDC-037/2023, presentado por la síndica del ayuntamiento de Cuapiaxtla en contra del presidente municipal por la obstrucción al ejercicio del cargo, la autoridad jurisdiccional señaló que ante el incumplimiento al requerimiento realizado a la autoridad municipal señalada, se le requirió al secretario de ayuntamiento atender el requerimiento y multó al alcalde y tesorera por el incumplimiento a diversos requerimientos realizados por el TET.

Ante la impugnación promovida por la representante propietaria del Partido Verde Ecologista de México, en contra del acuerdo emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias del ITE, a través del cual declaró la improcedencia del escrito de queja presentada por dicho instituto político en contra de Alejandro López Cortés, en su carácter de regidor del ayuntamiento de Huamantla por la presunta comisión de actos que pudieran llegar a constituir una vulneración a la normatividad electoral, del estudio del caso se determinó revocar el acuerdo impugnado. En este asunto, fueron declarados fundados dos agravios, por lo que el TET ordenó a la Comisión de Quejas y Denuncias del ITE que, en caso de no advertir alguna causal de notoria improcedencia, radique y sustancie el procedimiento ordinario sancionador correspondiente, debiendo emitir en su momento la resolución que conforme a derecho corresponda, observando las reglas y plazos establecidos en la ley.

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En el asunto presentado por el síndico del ayuntamiento de Panotla por obstrucción al ejercicio del cargo, fue ordenado el pago de remuneración adeudado al promovente en tanto no exista una declaración por parte del Congreso local por medio de la cual se determine revocar el mandato.

En la tercera ponencia, a cargo de la magistrada Claudia Salvador Ángel, sometió al pleno tres asuntos, uno de ellos en el que se denunció a José Gilberto Cordero Cortés y otros por violencia política en razón de género, y se tuvo por cumplida parcialmente la sentencia, por lo que se amonestó públicamente al denunciado y se le ordenó cumplir con lo ordenado por la autoridad jurisdiccional, además de ampliar las medidas de protección decretadas a favor de las denunciantes.

Lee más:➡️ Reservan partidos 10 alcaldías para mujeres; hoy inicia el proceso electoral local

Asimismo, en el expediente TET-JDC-084/2022, se impuso una multa al presidente municipal de Teolocholco y se amonestó a las personas titulares de las regidurías y presidencias de comunidad, como autoridades vinculadas, mismas que deben informar si se ha convocado al promovente a todas las sesiones de cabildo y del Comité de Obras Públicas, cumpliendo con las formalidades que establecen las normas aplicables.

Por otra parte, la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación atendió el asunto promovido por Juan Antonio Montalvo Leyva, para controvertir la confirmación del Pleno del TET, mediante la que se validó el Acuerdo del Consejo General del ITE que declaró improcedente su manifestación de intención a una candidatura independiente a una diputación local, agravios que fueron calificados como infundados, inoperantes e inatendibles.




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En sesión extraordinaria, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) atendió 12 medios de impugnación relacionados con autoridades municipales concernientes a denuncias por presunta violencia política en razón de género, obstrucción el ejercicio del cargo y pago de remuneraciones, así como acuerdos emitidos por áreas del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE).

La primera ponencia a cargo del magistrado por Ministerio de Ley, Lino Noé Montiel Sosa, sometió a consideración del Pleno el procedimiento especial sancionador número TET-PES-004/2022, por el que se denunció al alcalde de Ixtenco por violencia política la cual, por unanimidad de votos y toda vez que se tuvo por incumplida de manera parcial la sentencia definitiva dictada en este procedimiento, aunque no se emitieron las medias cautelares solicitadas por la promovente, fue amonestado públicamente.

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En lo correspondiente al expediente del Juicio de la Ciudadanía TET-JDC-037/2023, presentado por la síndica del ayuntamiento de Cuapiaxtla en contra del presidente municipal por la obstrucción al ejercicio del cargo, la autoridad jurisdiccional señaló que ante el incumplimiento al requerimiento realizado a la autoridad municipal señalada, se le requirió al secretario de ayuntamiento atender el requerimiento y multó al alcalde y tesorera por el incumplimiento a diversos requerimientos realizados por el TET.

Ante la impugnación promovida por la representante propietaria del Partido Verde Ecologista de México, en contra del acuerdo emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias del ITE, a través del cual declaró la improcedencia del escrito de queja presentada por dicho instituto político en contra de Alejandro López Cortés, en su carácter de regidor del ayuntamiento de Huamantla por la presunta comisión de actos que pudieran llegar a constituir una vulneración a la normatividad electoral, del estudio del caso se determinó revocar el acuerdo impugnado. En este asunto, fueron declarados fundados dos agravios, por lo que el TET ordenó a la Comisión de Quejas y Denuncias del ITE que, en caso de no advertir alguna causal de notoria improcedencia, radique y sustancie el procedimiento ordinario sancionador correspondiente, debiendo emitir en su momento la resolución que conforme a derecho corresponda, observando las reglas y plazos establecidos en la ley.

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En el asunto presentado por el síndico del ayuntamiento de Panotla por obstrucción al ejercicio del cargo, fue ordenado el pago de remuneración adeudado al promovente en tanto no exista una declaración por parte del Congreso local por medio de la cual se determine revocar el mandato.

En la tercera ponencia, a cargo de la magistrada Claudia Salvador Ángel, sometió al pleno tres asuntos, uno de ellos en el que se denunció a José Gilberto Cordero Cortés y otros por violencia política en razón de género, y se tuvo por cumplida parcialmente la sentencia, por lo que se amonestó públicamente al denunciado y se le ordenó cumplir con lo ordenado por la autoridad jurisdiccional, además de ampliar las medidas de protección decretadas a favor de las denunciantes.

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Asimismo, en el expediente TET-JDC-084/2022, se impuso una multa al presidente municipal de Teolocholco y se amonestó a las personas titulares de las regidurías y presidencias de comunidad, como autoridades vinculadas, mismas que deben informar si se ha convocado al promovente a todas las sesiones de cabildo y del Comité de Obras Públicas, cumpliendo con las formalidades que establecen las normas aplicables.

Por otra parte, la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación atendió el asunto promovido por Juan Antonio Montalvo Leyva, para controvertir la confirmación del Pleno del TET, mediante la que se validó el Acuerdo del Consejo General del ITE que declaró improcedente su manifestación de intención a una candidatura independiente a una diputación local, agravios que fueron calificados como infundados, inoperantes e inatendibles.




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