Tipifica Congreso crímenes de odio

La reforma considera las preferencias sexuales, origen étnico, género y condición social, entre otros aspectos

Diana Zempoalteca | El Sol de Tlaxcala

  · viernes 27 de agosto de 2021

En penúltima sesión, los integrantes de la LXIII legislatura apruebaron tipificar los crímenes de odio. / Diana Zempoalteca | El Sol de Tlaxcala

Con una reforma al artículo 239 del Código Penal para el Estado de Tlaxcala, diputados locales tipificaron los crímenes de odio en la legislación local, a fin de evidenciar aquellos delitos que se cometen por actos de discriminación.

En la sesión extraordinaria, en la que se dieron cita representantes de la comunidad lésbico, gay, bisexual, transgénero, transexual, travesti, Intersexual y queer (LGBTTTIQ+), fue aprobada la modificación al marco normativo, para que durante el juzgamiento a estos ilícitos sean tomados en cuenta los derechos humanos inherentes.

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De esta manera, serán considerados como crímenes de odio el homicidio y lesiones calificadas cuando se cometan con premeditación, ventaja, traición, alevosía, empleando saña, ferocidad o perjuicio en contra de servidores públicos que se encarguen de la procuración o administración de justicia.

Además, determinaron que existe odio cuando el sujeto activo lo comete por prejuicio, o es motivado por el origen étnico de quien sea agredido, color de piel, género, edad, por alguna discapacidad, condición social, religión, apariencia física, preferencias sexuales, identidad o filiación política, estado civil y situación familiar, entre otros aspectos.

La diputada de Movimiento Regeneración Nacional, Mayra Vázquez Velázquez, quien promovió la iniciativa, destacó que las agresiones u homicidios cometidos en contra de las personas pertenecientes a la comunidad LGBTTTIQ+ se distinguen por el ensañamiento con el que son cometidos.

Resaltó la importancia de modificar el ordenamiento en materia penal, con el fin de que sean perseguidos los crímenes de odio para lograr un trato igualitario para la población LGBTTTIQ+

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REFORMAN CÓDIGO CIVIL A FAVOR DE MIGRANTES

A fin de facilitar el acceso a la población migrante a los trámites realizados por la Coordinación Estatal de Registro Civil, los legisladores avalaron la reforma al Código Civil para el Estado de Tlaxcala, estableciendo que los oficiales del Registro Civil deberán autorizar trámites relacionados con la expedición de actas de nacimiento, reconocimiento de hijos, matrimonio, divorcio y muerte, guardando la confidencialidad y secrecía sobre la situación migratoria de las personas.

Para ello, el personal del Registro Civil tendrá que basarse en la documentación que presente el solicitante, independientemente de su situación migratoria, por lo que deberán autorizar los actos del estado civil que soliciten.

La propuesta promovida por la diputada, Zonia Montiel Candaneda, tiene el objetivo que, con el acceso a esta documentación, las personas migrantes puedan tramitar en los Estados Unidos de América documentos de identificación, para poder acceder a servicios, identificarse de manera oficial y aperturar cuentas bancarias.

Así, los oficiales del Registro Civil no deberán negarse a autorizar y expedir actas de registro, aunque los solicitantes sean de nacionalidad extranjera y con independencia de su situación migratoria.

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APRUEBAN ADICIONES PARA LA FUNCIÓN NOTARIAL

Además, para mejorar la función de la labor notarial en la entidad, avalaron reformas, derogaciones y adiciones al Código Civil del Estado de Tlaxcala, las leyes de Notariado y de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias de la entidad, en la que se establecen atribuciones al Director y los Oficiales de Registro Civil, así como a los notarios.

El Director o los oficiales del Registro Civil, en la tramitación del divorcio administrativo, resolverán la disolución del vínculo matrimonial, levantarán el acta respectiva y enviarán copia certificada de la resolución a la Coordinación del Registro Civil.

En el caso de los notarios, el titular del Poder Ejecutivo tendrá la facultad de nombrar a un funcionario auxiliar, si es que el titular hubiere cumplido diez años de haber sido designado.

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Esto permitirá que por declaración de ausencia, separación voluntaria o falta definitiva por fallecimiento o interdicción del titular, el notario auxiliar lo sustituirá en el cargo con igual capacidad de actuar.

En estos asuntos, el Ejecutivo contará con el término de un año para la expedición de la patente de notario titular; de no cumplirse esta expedición en el término contemplado, la patente se cancelará automáticamente.

  • REFORMAS Durante su penúltima sesión los legisladores aprobaron una serie de reformas para dar atención a sectores vulnerables.

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