“Yo no tengo una función administrativa en el ayuntamiento de Tlaxcala y la Ley Municipal dice que mi función es de representación dentro del Cabildo y hoy –ayer- no hubo sesión a la cual debía acudir”, expresó Víctor García Lozano, regidor del ayuntamiento de Tlaxcala emanado de las filas del partido Movimiento Regeneración Nacional.
Lo anterior, al ser cuestionado por hablar sobre temas y actos partidistas en horarios hábiles para la comuna.
Al respecto, el también presidente de la Comisión de Salud del municipio de Tlaxcala aseveró que legalmente no está impedido de hacerlo, pues argumentó que además de atender la Comisión de Salud, su única responsabilidad es acudir a las sesiones de Cabildo y que ayer no hubo convocatoria para ello.
Además, aseveró que su desempeño público no está sujeto a ciertos horarios ni días oficiales, como ocurre con el resto de los funcionarios del municipio.
De hecho, defendió que su casa de atención ciudadana, ubicada en Ocotlán desde enero de 2017, es una instancia relacionada con el ayuntamiento de Tlaxcala en donde impulsan las jornadas de salud gratuitas, consultas generales, servicios dentales, fisioterapia y consultas psicológicas.
- Víctor García aseveró que su desempeño público no está sujeto a ciertos horarios ni días oficiales, como ocurre con el resto de los funcionarios del municipio
QUÉ DICE LA LEY
La Ley Municipal de Tlaxcala, en su artículo 45, señala que son obligaciones de los regidores: asistir a las sesiones de cabildo con voz y voto, representar los intereses de la población, proponer al Ayuntamiento medidas para el mejoramiento de los servicios municipales, vigilar y controlar los ramos de la administración que les encomiende el Ayuntamiento e informar a éste de sus gestiones.
Eso además de desempeñar las comisiones que el Ayuntamiento les encargue e informar de sus resultados, concurrir a las ceremonias cívicas y demás actos oficiales, guardar respeto en el recinto oficial durante las sesiones y en cualquier acto público al que asistan con motivo de sus funciones.
Además, en su caso como residente de la Comisión de Salud en municipio de Tlaxcala, según el artículo 47, deberá proponer planes y programas, así como analizar los que propongan los gobiernos estatal y federal, para preservar la salud pública y proteger a grupos indígenas y marginados.
Así como vigilar la potabilidad del agua, el tratamiento de las aguas negras, la recolección de basura y los desechos sólidos, iniciar campañas para prever enfermedades con la participación social y privada, organizar campañas de limpieza y sanidad en los centros de población, integrar el Comité Municipal de Salud.
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