/ miércoles 1 de marzo de 2023

Corte admite controversia constitucional del INE contra Plan B de AMLO

El órgano electoral considera que la reforma invade su autonomía y sus facultades

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite este martes una nueva controversia constitucional promovida por el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra de la aplicación de la primera parte del Plan B electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador.

La controversia presentada por el INE reclama que las modificaciones aprobadas en diciembre por el Congreso de la Unión a leyes General de Comunicación Social y General de Responsabilidades Administrativas invaden las facultades y transgrede su autonomía.

Puedes leer: De Carla Humphrey a Bertha Alcalde: quiénes son los aspirantes a consejeros del INE

“El Decreto combatido obstaculiza la función que realiza con fundamento en los artículos 41 y 134 constitucionales como garante, entre otros principios, de la equidad en la contienda electoral, en donde la comunicación social y la propaganda gubernamental tienen una importante incidencia”, señala el acuerdo de admisión del ministro Alberto Pérez Dayán.

Lo anterior, porque en el caso de la Ley General de Comunicación Social, los legisladores federales aprobaron fijar como límite el que los ayuntamientos destinen más del 0.1 por ciento de su presupuesto a propaganda gubernamental, decisión que además ha generado molestía entre las autoridades locales, quienes alegan el gobierno federal les limitó la facultad para promocionar sus acciones en los medios de comunicación.

Las otras modificaciones recurridas por el INE son las realizadas a la Ley General de Responsabilidades Administrativas reformaron que, entre otras cosas, amplió la definición de propaganda gubernamental, lo que ahora permite que cualquier funcionario promocione ejercicios como una consulta popular o a otro funcionario “en el ejercicio de su libertad de expresión”, sin que haya controles para ello.

Pérez Dayán, ministro que la semana pasada concedió una suspensión a favor de los partidos de oposición para que no se apliquen las reformas electorales en el Estado de México y Coahuila debido a que “podría causar afectaciones irreparables al sistema democrático”, es quien se encargará del análisis de la controversia.

A partir de la publicación y notificación de la misma, el ministro fijó un plazo de 30 días para que las autoridades a las que se les responsabiliza de la entrada en vigor del Plan B emitan su contestación sobre esta controversia.

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En este caso, quienes pueden combatir la controversia presentada por el INE son el presidente López Obrador; el secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, y las cámaras de Diputados y Senadores.



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Disponible en: Acast, Spotify, Apple Podcasts, Google Podcasts, Deezer y Amazon Music

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite este martes una nueva controversia constitucional promovida por el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra de la aplicación de la primera parte del Plan B electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador.

La controversia presentada por el INE reclama que las modificaciones aprobadas en diciembre por el Congreso de la Unión a leyes General de Comunicación Social y General de Responsabilidades Administrativas invaden las facultades y transgrede su autonomía.

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“El Decreto combatido obstaculiza la función que realiza con fundamento en los artículos 41 y 134 constitucionales como garante, entre otros principios, de la equidad en la contienda electoral, en donde la comunicación social y la propaganda gubernamental tienen una importante incidencia”, señala el acuerdo de admisión del ministro Alberto Pérez Dayán.

Lo anterior, porque en el caso de la Ley General de Comunicación Social, los legisladores federales aprobaron fijar como límite el que los ayuntamientos destinen más del 0.1 por ciento de su presupuesto a propaganda gubernamental, decisión que además ha generado molestía entre las autoridades locales, quienes alegan el gobierno federal les limitó la facultad para promocionar sus acciones en los medios de comunicación.

Las otras modificaciones recurridas por el INE son las realizadas a la Ley General de Responsabilidades Administrativas reformaron que, entre otras cosas, amplió la definición de propaganda gubernamental, lo que ahora permite que cualquier funcionario promocione ejercicios como una consulta popular o a otro funcionario “en el ejercicio de su libertad de expresión”, sin que haya controles para ello.

Pérez Dayán, ministro que la semana pasada concedió una suspensión a favor de los partidos de oposición para que no se apliquen las reformas electorales en el Estado de México y Coahuila debido a que “podría causar afectaciones irreparables al sistema democrático”, es quien se encargará del análisis de la controversia.

A partir de la publicación y notificación de la misma, el ministro fijó un plazo de 30 días para que las autoridades a las que se les responsabiliza de la entrada en vigor del Plan B emitan su contestación sobre esta controversia.

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En este caso, quienes pueden combatir la controversia presentada por el INE son el presidente López Obrador; el secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, y las cámaras de Diputados y Senadores.



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