El pleno de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró infundado el recurso de inconformidad promovido por los suegros del ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, en contra del congelamiento de sus cuentas bancarias, por parte de la Fiscalía General de la República (FGR).
En sesión de este martes, los ministros analizaron la propuesta de fallo presentada por Javier Laynez Potisek, donde se especifica que los suegros de Duarte, Virginia Yazmín Tubilla y Jesús Antonio Macías, buscaban que la corte reabriera el caso de los amparos que promovieron, en tres diferentes ocasiones, en contra el aseguramiento de sus cuentas, operaciones, y títulos de crédito de cualquier institución financiera, ordenada por el Ministerio Público Federal desde el 14 de octubre de 2016.
En sus argumentos, los papas de Karime Macías, ex esposa de Javier Duarte y quien se encuentra en Reino Unido a la espera de ser extraditada, especificaban que, en junio de 2018, la Corte publicó la sentencia de dos acciones de inconstitucionalidad que declararon inconstitucional el artículo 242 de Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), con el cual la FGR fundamentó el aseguramiento de sus cuentas.
Los ministros aprobaron la propuesta de fallo presentada por Javier Laynez Potisek, donde se declaró infundado el recurso debido a que, desde el primero de los tres amparos promovidos por los familiares de Duarte, el juez de distrito señaló que no probaron que efectivamente se les haya aplicado el artículo 242 de CNPP, y nunca apelaron esta decisión, por lo cual el caso ya es cosa juzgada y no puede ser reabierto por la Corte.