La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), elige hoy a su presidente, luego de que el pasado 31 de diciembre finalizara el periodo del ministro Luis María Aguilar Morales, quien ocupó la presidencia del más alto tribunal del país durante los últimos cuatro años.
La elección podría cambiar la conformación del máximo órgano de justicia del país y quedar en manos de un conservador con carrera judicial, como lo es Jorge Mario Pardo Rebolledo que en las elecciones del 2015 solo obtuvo un voto; o en contraste, quedar a cargo de un perfil identificado con posiciones más liberales como el caso del ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Jurista mexicano nacido en Xalapa, Veracruz. Desde el 10 de febrero de 2011 se desempeña como ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de México y el 1 de octubre de 2012 fue nombrado ministro presidente de la Primera Sala de la Corte.
Pardo Rebolledo considera que la SCJN es piedra angular en el equilibrio de poderes, cualidad que caracteriza a la democracia, por lo que se inclina por la austeridad y el combate al nepotismo en el Poder Judicial.
Colosio: En los 90’s, en su calidad de Juez Segundo de Distrito en el Estado de México, declaró inocente a Othón Cortés Vázquez, señalado por la Procuraduría General de la República (PGR) de haber coparticipado en el asesinato del entonces candidato presidencial, Luis Donaldo Colosio.
Cassez: En 2012, Pardo votó en contra de que la Corte otorgara un amparo a Florence Cassez, quien en 2005 fue detenida y acusada de secuestro y se demostró que su detención fue un montaje televisivo. La Corte ordenó la libertad inmediata a Cassez, al determinar que se violaron sus derechos, pero Pardo Rebolledo fue el único ministro que se mantuvo todo el proceso en contra de amparar a la francesa.
Militares: Pardo elaboró el proyecto de sentencia que establece que militares de alto rango y de tropa, que durante el servicio cometan delitos contra la salud en donde no estén implicados particulares, sean juzgados por tribunales castrenses.
Marihuana: En un hecho histórico en el que la Suprema Corte otorgó en abril de 2016 el primer amparo a cuatro personas para el autoconsumo lúdico de marihuana, Pardo fue el único que votó desde un inicio contra el proyecto, por considerar que la adquisición de la semilla para comenzar con la siembra de marihuana aún es un delito en México.
Matrimonio igualitario: Cuando la SCJN eliminó el requisito de amparo para matrimonios igualitarios en algunos estados, Pardo Rebolledo mantuvo una posición dividida al emitir cinco votos particulares y cuatro a favor de otorgar amparo a parejas.
Partidos Políticos: En junio del año pasado aceptó el recurso del Partido Verde Ecologista (PVEM) contra la ley Sin voto no hay dinero que propone eliminar financiamiento por 550 mdp a partidos políticos. Pardo, elaboró un proyecto que proponía anular la reforma, argumentando que el Congreso de Jalisco se extralimitó en sus facultades al aprobarla, ya que el financiamiento a los partidos solo le compete al Congreso de la Unión.
LSI: Pardo fue el encargado de elaborar el proyecto de las impuganciones a la Ley de Seguridad Interior en el que proponía validar la competencia del Congreso de la Unión para legislar en materia de “seguridad interior”, reconociéndose a ésta como una vertiente de la “seguridad nacional”.
ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA
El ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, considerado liberal, se ha caracterizado por sus votos a favor del Derecho al libre desarrollo de la personalidad, libertad religiosa, derechos en las familias, reparación del daño, responsabilidad civil y daños, comunidades indígenas, no discriminación, libertad de expresión, en materia procesal y debido proceso e interpretación constitucional.
Abogado egresado de la Escuela Libre de Derecho, durante 25 años fue abogado postulante en materia constitucional y combinó su actividad con la vida académica.
Zaldívar plantea como el principal desafío del próximo presidente de la SCJN y del CJF el de llevar a cabo la defensa de la independencia judicial sin entrar en una confrontación entre poderes o un choque de trenes.
Esta es la segunda vez que compite por la presidencia. En 2015 se enfrascó en un duelo de 32 rondas de votación con el ministro Luis María Aguilar y no fue sino hasta que el presidente en funciones, Juan N. Silva Meza cambió su voto en favor de Aguilar.
Aborto: En 2015, Zaldívar elaboró un proyecto en el que proponía la inconstitucionalidad de los artículos 332 y 334 del Código Penal Federal pues criminalizaban el aborto y concedía el amparo a una mujer acusada de ese delito, aun cuando tenía el derecho de recurrir a este.
Cassez: En su proyecto de 2011, el ministro propuso el amparo liso y llano de la ciudadana francesa acusada del delito de secuestro por haberse violado su derecho a la presunción de inocencia debido a un montaje televisivo de su captura orquestado por funcionarios del Gobierno Federal. El ministro encausó su propuesta a pesar de la indignación que provocó en algunos sectores.
Guarderia ABC: En 2009 Zaldívar presentó su proyecto de sentencia en el que concluyó que debido al desorden generalizado en el sistema de guarderías públicas subrogadas, funcionarios de alto nivel eran responsables de la muerte de 49 niños y lesiones en 106 más. Considero que se debía responsabilizar a funcionarios como Juan Molinar Horcasitas y Eduardo Bours, propuesta que molestó al expresidente Felipe Calderón, ya que fue él quien lo postuló a la Corte.
Secreto Fiscal: El proyecto proponía la inconstitucionalidad del artículo 69 del Código Fiscal de la Federación por violar el derecho a la prueba, pues permite a las autoridades hacendarias entregar información fiscal de los contribuyentes.
LSI: En la discusión de la Ley de Seguridad Interior, el ministro Zaldívar voto a favor de su inconstitucionalidad al considerarla un fraude a la Constitución, “lo que estaba haciendo esta ley era un fraude a la Constitución en un sentido técnico porque se decía que se regulaba la seguridad interior cuando realmente lo que estaba reglamentándose era la actividad de las Fuerzas Armadas de manera permanente en seguridad pública lo cual está prohibido por la Constitución”.