La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a los integrantes del Poder Judicial de la Federación que escuchen y atiendan la opinión de los menores de edad en los juicios que les impactan, como parte de su derecho de acceso a la justicia, y al ser un elemento importante para la decisión que tomará el juez respecto a sus derechos.
Para la Corte el objetivo es que se alcance una justicia con perspectiva de infancia y que las autoridades judiciales y sus auxiliares provean la mejor forma de interactuar con el menor y alcanzar su libre opinión, de acuerdo con sus años y grado de madurez. Lo anterior, tomando en cuenta sus ciclos vitales como la primera infancia, infancia y adolescencia; y nunca rechazar escucharlos sólo por razón de su temprana edad.
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“Ese derecho puede darse no sólo con la implementación de los mecanismos formales de los que participan las personas adultas como declaraciones testimoniales o escritas, sino a partir de metodologías pedagógicas y didácticas que brinden condiciones adecuadas al niño, niña o adolescente para alcanzar ese objetivo, inclusive, comunicándole la decisión en forma clara y asertiva”, concluyó.
La decisión de la Suprema Corte se derivó de un amparo en el que el padre de un menor de edad en la primera etapa de la infancia, demandó en su favor el cambio de la guardia y custodia de su hijo, en virtud de que la madre ejerció sobre éste actos de violencia física.
Estimó que el derecho de los menores a emitir su opinión y a ser escuchados en los procedimientos jurisdiccionales en que se ventilan sus garantías, se encuentra reconocido en el artículo 12 de la Convención sobre los Derechos del Niñon. Además, se expuso que de conformidad con los instrumentos e interpretaciones especializadas en materia de protección de los derechos de la niñez es uno de los principios rectores que se deben tomar en cuenta en todo proceso que les concierna.