/ lunes 29 de junio de 2020

Ordenan prestar atención médica a empresario Jaime Sacal Micha, acusado de violación

El Reclusorio Oriente está obligado a tomar acciones y medidas pertinentes para controlar y/o evitar que el empresario se contagio de Covid-19

El Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México otorgó una suspensión provisional al empresario Jaime Sacal Micha, acusado de la violación de su nieta, contra resolución que revoca la medida cautelar de cumplir su prisión preventiva domiciliaria.

En el contexto de la pandemia derivada del virus Covid-19, el impartidor de justicia ordenó al director del Reclusorio Preventivo Varonil Oriente, garantice y preste de manera inmediata la atención médica que necesite el quejoso y se le suministren los medicamentos que correspondan.

En su resolución el juez dicto: "De manera inmediata tome todas las prevenciones, acciones y medidas pertinentes para controlar y/o evitar su contagio, por lo cual debe actuar bajo su más estricta responsabilidad e informar las medidas de seguridad implementadas para preservar la salud del justiciable y, en consecuencia, su vida”.

En el expediente, se señala que la medida cautelar, debe ser acatada por la autoridad responsable; apercibida que de no cumplir con lo anterior, se le impondrá una multa equivalente a cincuenta Unidades de Medida y Actualización, de conformidad con el numeral 262, fracción III, de la Ley de Amparo.

Sacal Micha promovió la demanda de amparo el pasado 19 de junio donde reclama el fallo por la cual la autoridad responsable, Juez Centésimo Décimo Cuarto de Control de Sistema Procesal Penal Acusatoria de la Ciudad de México, adscrito a la Unidad de Gestión Judicial Número Doce, en cumplimiento a lo ordenado por el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito, modificó la modalidad de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa domiciliaria del quejoso, a prisión preventiva oficiosa dentro del Reclusorio Preventivo Varonil Oriente.

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El Juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México otorgó una suspensión provisional al empresario Jaime Sacal Micha, acusado de la violación de su nieta, contra resolución que revoca la medida cautelar de cumplir su prisión preventiva domiciliaria.

En el contexto de la pandemia derivada del virus Covid-19, el impartidor de justicia ordenó al director del Reclusorio Preventivo Varonil Oriente, garantice y preste de manera inmediata la atención médica que necesite el quejoso y se le suministren los medicamentos que correspondan.

En su resolución el juez dicto: "De manera inmediata tome todas las prevenciones, acciones y medidas pertinentes para controlar y/o evitar su contagio, por lo cual debe actuar bajo su más estricta responsabilidad e informar las medidas de seguridad implementadas para preservar la salud del justiciable y, en consecuencia, su vida”.

En el expediente, se señala que la medida cautelar, debe ser acatada por la autoridad responsable; apercibida que de no cumplir con lo anterior, se le impondrá una multa equivalente a cincuenta Unidades de Medida y Actualización, de conformidad con el numeral 262, fracción III, de la Ley de Amparo.

Sacal Micha promovió la demanda de amparo el pasado 19 de junio donde reclama el fallo por la cual la autoridad responsable, Juez Centésimo Décimo Cuarto de Control de Sistema Procesal Penal Acusatoria de la Ciudad de México, adscrito a la Unidad de Gestión Judicial Número Doce, en cumplimiento a lo ordenado por el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito, modificó la modalidad de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa domiciliaria del quejoso, a prisión preventiva oficiosa dentro del Reclusorio Preventivo Varonil Oriente.

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