Tras considerar que las estaciones migratorias a cargo del Instituto Nacional de Migración (INM) son instalaciones que competen a la seguridad pública del país, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló que la Guardia Nacional resguarde el interior de esos recintos.
Con el voto unánime de los 11 ministros, el máximo órgano de justicia del país también resolvió ampliar las facultades de la Guardia Nacional en materia migratoria, incluida la revisión de documentos de extranjeros en cualquier parte del territorio nacional.
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La Sala Superior de la SCJN también avaló que el organismo a cargo de la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) pueda detener y presentar, en caso de irregularidades, a extranjeros que se encuentren en territorio nacional.
Los ministros aseguraron que este fallo "no implica criminalizar a los migrantes".
El ministro Arturo Zaldívar recordó que hace unas semanas México vivió una "tragedia terrible" con la muerte de 40 migrantes en un incendio en la estación migratoria de Ciudad Juárez, Chihuahua.
Al parecer y hasta lo que se sabe --mencionó el ministro-- "dicha estación migratoria estaba encargada la seguridad local a una institución privada, donde no se tenían los mínimos elementos necesarios".
"Yo creo que una institución como la Guardia Nacional es una salvaguarda de que los lugares tengan las condiciones necesarias y que adicionalmente se cuide a las personas migrantes”, expuso Zaldívar Lelo de Larrea.
La ministra Loreta Ortiz Ahlf señaló que se tiene que reconocer que la situación actual del sistema de alojamiento de personas migrantes "enfrenta situaciones adversas que han tenido como consecuencia la vulneración de sus derechos humanos, y ello amerita una reacción frontal y directa por parte del Estado mexicano".
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Los ministros sólo anularon las fracciones del Artículo 9 de la Ley de la Guardia Nacional, que le permitían a esta institución realizar "operaciones encubiertas" y de "usuarios simulados".
"Estas técnicas de investigación sólo pueden tener la finalidad de recabar pruebas o detener a alguien en flagrancias, lo cual excede las facultades de prevención del delito que la Constitución otorga a esta corporación policial", anotó el ministro ponente del proyecto, Javier Laynez Potisek.
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