En votación dividida, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el proceso mediante el cual el Congreso de Nuevo León buscó sancionar y destituir al gobernador Jaime Rodríguez Calderón, "El Bronco" por anomalías detectadas en la recolección de firmas para su campaña presidencial independiente.
Por mayoría de votos, 3 a 2, la Primera Sala del máximo tribunal del país respaldó el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá y concluyó que las Reglas Procesales que los legisladores estatales expidieron para sancionar a Rodríguez Calderónl son inconstitucionales.
"Se declara la invalidez del acuerdo impugnado por el que el Congreso del Estado de Nuevo León expidió las reglas procesales que se aplicarían en el proceso para sancionar al titular del poder ejecutivo de la entidad, publicado el 25 de septiembre del 2019 en el periódico oficial de la entidad, así como la invalidez del acuerdo de radicación e inicio del procedimiento derivado de las reglas procesales referidas", indicó la Corte.
De esta forma, con los votos de los ministros González Alcántara, Gutiérrez Ortiz Mena y Jorge Pardo se echó abajo el procedimiento de los legisladores estatales en el que se definieron las reglas procesales para sancionarlo.
Ahora que el proyecto de González Alcántara Carrancá prosperó, el Congreso de Nuevo León tendría que empezar un nuevo procedimiento siguiendo los parámetros marcados por la Constitución.
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En un inicio la controversia promovida por “El Bronco” estuvo en manos de Eduardo Medina Mora quien, horas antes de presentar su renuncia como ministro de la Suprema Corte, suspendió los intentos del Congreso local para ejecutar cualquier medida provisional o sanción derivada de dicho procedimiento.
Tras la salida de Medina Mora del máximo tribunal el 3 de octubre pasado, en medio de supuestas investigaciones por lavado de dinero que nunca prosperaron, la controversia constitucional fue turnada a González Alcántara Carranca y enviada a la Primera Sala.
El procedimiento impugnado por el mandatario estatal determinó la sanción directa y descartó el juicio político para sancionar a Rodríguez Calderón y González Flores, bajo el argumento de que se trata de un caso ya juzgado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
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